La Justicia confirmó la suspensión de la matrícula de Ana Rosenfeld por revelar conversaciones que mantuvo con Juan Darthés – GENTE Online
 

La Justicia confirmó la suspensión de la matrícula de Ana Rosenfeld por revelar conversaciones que mantuvo con Juan Darthés

Un año después de presentar un recurso que pretendía rever la medida tomada por la Justicia, la Sala IV de la Cámara Contencioso Administrativa Federal lo rechazó
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La abogada, que además es empresaria, escritora y maestra de hebreo.

Doce meses después de que la Sala I del Tribunal de Disciplina del Colegio de Abogados de la Capital Federal le suspendiera a la abogada Ana Rosenfeld (65) su matrícula por el término de un año (medida que no le impedía ejercer por no estar firme la sentencia, al haber sido apelada ante la Justicia), la Sala IV de la Cámara Contencioso Administrativa Federal rechazó el recurso directo que presentó la letrada contra la sanción que le impuso el Tribunal de Disciplina del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. ¿Conclusión? Confirmó la suspensión de su matrícula. 

Las actuaciones sumariales se iniciaron cuando el Tribunal de Disciplina entendió que Rosenfeld violó uno de los principios de ética (el secreto profesional) y que ello ocurrió cuando reveló conversaciones que tuvo con su entonces cliente Juan Darthés.

La respuesta de Rosenfeld ante la suspensión de su matrícula había sido en principio: "Me condenan por ser mujer; voy a llevar esto hasta la Corte", agregando a la hora de apelar el fallo: "Jamás revelé, ni revelaré las cosas que me dijo el señor Juan Darthés, el día que tomé la decisión, como mujer, de apartarme de su defensa".

Cuanto defendía legalmente al actor Juan Darthés, acusado de presunta violación a la intérprete Thelma Fardin. La denuncia se formuló en 2018.

Cabe recordar que las actuaciones sumariales se iniciaron precisamente debido a que la letrada había expuesto en los medios los motivos que la llevaron a renunciar al patrocinio de Juan Darthés en un juicio por responsabilidad civil. 

En la resolución el tribunal argumentó que “el abogado debe guardar celosamente el secreto profesional, que constituye un derecho y un deber inherente a la profesión y al derecho de defensa por ser depositario del secreto o confidencias del cliente”

"Me condenan por ser mujer; voy a llevar esto hasta la Corte", había declarado Rosenfeld en la primera instancia.

También añadió: “La relación con el cliente es uno de los pilares de los códigos de ética profesional, y siempre se ha insistido sobre la importancia de la relación de confianza” que debe existir entre ellos. Además consideró que Rosenfeld se había apartado de los principios de lealtad, probidad y buena fe, que tienen especial importancia en el ejercicio de la abogacía”. 

El tribunal condenó a la letrada por "las múltiples manifestaciones públicas que realizó en diversos programas televisivos y su contenido, que habrían importado una violación a los deberes éticos que le asisten a los letrados durante y con posterioridad a la relación con sus clientes". 

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