Eugenio Veppo: le redujeron la pena al periodista que atropelló y mató a una persona en el año 2019 – GENTE Online
 

Eugenio Veppo: le redujeron la pena al periodista que atropelló y mató a una persona en el año 2019

Ahora, el abogado Diego Szpiegiel va a pedir la "excarcelación en términos de libertad condicional y que se le aplique la Ley de Estímulo educativo".
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La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional le bajó la pena a Eugenio Veppo, el periodista que en 2019 atropelló, mató a una agente de tránsito, hirió a otro y escapó en Palermo. Según informaron fuentes judiciales, la condena pasó de 9 años y 3 meses de prisión a 5 años y 10 meses.

Luego de que se realizara el juicio oral por la muerte de Cinthia Choque (28) y las heridas sufridas por su compañero Santiago Siciliano (34). Según la Justicia fue un "homicidio culposo" y no con "dolo eventual". Ahora, el abogado Diego Szpiegiel va a pedir la "excarcelación en términos de libertad condicional y que se le aplique la Ley de Estímulo educativo", le dijo a Télam.

El fallo planteó que los camaristas consideraron que el caso sea encuadrado como un "homicidio culposo agravado y lesiones culposas agravadas, por la conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria de un vehículo con motor, y por haberse dado a la fuga sin intentar socorrer a las víctimas, conducir en exceso de velocidad de más de 30 km/h por encima de la máxima permitida en el lugar del hecho, y con culpa temeraria".

Así, Casación relativizó los argumentos del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 14 que había propuesto "dolo eventual" y que tenía en cuenta el exceso de velocidad (132 kilómetros por hora promedio, según peritajes), el cruce de dos semáforos en rojo, las maniobras imprudentes en "zigzag" y la ingesta de alcohol en una cena previa.

"Entiendo que el accionar que -­según se demostró-­ asumió el imputado al volante de su automóvil ha importado, indudablemente, una gravísima imprudencia, pero ­en cambio­ no ha podido acreditarse, con el grado de certeza requerido a estas alturas, que aquél haya incluido en su voluntad realizadora la posibilidad de arrollar a los agentes de tránsito que se hallaban en la calzada, extremo que tampoco se deduce ­sin más­ de la conducta que exteriorizó", explicó el juez Divito y sus colegas adhirieron.

Según la Sala I, antes de impactar a los agentes "Veppo intentó evitar la colisión con sendos taxímetros ­cosa que efectivamente logró­, para la cual concretó dos frenadas, una antes de sobrepasar el primer vehículo y, la restante, al momento de rebasar ­de forma zigzagueante­ el segundo". Además, "se advierte que, luego de ello, en los instantes previos al impacto con las víctimas, también se encendieron las luces de frenado ­conforme se puede observar en la filmación de la secuencia, exhibida durante el debate", agregó la Cámara.

Por eso, para los camaristas, "el acusado confiaba en que lograría sortear eventuales colisiones vehiculares", por lo que se "desdibuja la hipótesis ­asumida en el fallo­ de que aquél se resignó a provocar tanto la muerte como las graves lesiones que ocasionó a las víctimas".

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