El 60% de los encuestados en un estudio sobre seguridad vial no sabe cuál es la edad mínima para viajar en moto como acompañante  – GENTE Online
 

El 60% de los encuestados en un estudio sobre seguridad vial no sabe cuál es la edad mínima para viajar en moto como acompañante 

CECAITRA, Seguridad Vial
El estudio fue realizado por el Observatorio de Seguridad Vial CECAITRA e indaga acerca del conocimiento de los conductores sobre la reglamentación para viajar en motocicleta como acompañante. Los encuestados pertenecen a CABA y el Gran Buenos Aires: el 60% desconoce las recomendaciones de la Agencia Nacional de Seguridad Vial. 
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Las motos tomaron visibilidad en los últimos años como alternativa de movilidad. El periodo de pandemia por Coronavirus fue rudimentario en el incremento de ventas de motocicletas en el país: el vehículo otorga beneficios al momento de trasladarse por la ciudad o para la conexión entre CABA y el Gran Buenos Aires. 

Para salir a la vía pública con cualquier vehículo (o incluso como peatón) es necesario conocer las leyes de tránsito. En el caso de las motocicletas, un medio de transporte que aumentó en el Área Metropolitana de Buenos Aires recientemente, el 60% de los encuestados por el Observatorio de Seguridad Vial CECAITRA desconoce cuál es la edad mínima con la que debe cumplir un acompañante para viajar en el vehículo. 

Las motos son uno de los principales medios de transporte en las urbes de Latinoamérica.

CECAITRA, la Cámara que nuclea a empresas productoras de software vial, indagó el grado de conocimiento sobre el tema mediante un sondeo telefónico en más de mil hogares de CABA y el Gran Buenos Aires. “De acuerdo a la ley, ¿está permitido que los menores viajen como acompañantes en motos?”, fue la pregunta troncal de la encuesta. El 43,6% respondió que los menores de edad no pueden viajar en motocicleta y el 39,5% aseguró que solo pueden hacerlo los mayores de 12 años. El 9,5% sostuvo que sí pueden ser trasladados en moto; el 7,4% restante no respondió. 

Facundo Jaime, vocero del Observatorio Vial de CECAITRA, detalló: “Los datos muestran la dificultad que existe respecto del conocimiento certero con relación a la norma, ya que la ley nacional nada indica al respecto, pero existen recomendaciones, como la de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, aconsejando que sean mayores de 12 años, y legislaciones específicas en algunos distritos, como la CABA, en donde la edad mínima del acompañante es de 16 años”. 

También se investigó sobre el lugar de la moto en el que deberían viajar los menores de edad según la reglamentación. Las respuestas del universo encuestado resultó así : 

  • El 43,6% indicó que el lugar indicado es detrás del conductor. 
  • El 25,7% contestó “que es lo mismo mientras la persona utilice casco”
  • El 13,9% replicó que el lugar correcto es delante del conductor. 
  • El 16,8% no contestó. 

En la última instancia de la encuesta, desde el Observatorio de CECAITRA se investigó la opinión de los encuestados con relación al traslado de los menores de edad en motocicleta. De este punto se obtuvieron los siguientes números: el 63,6% aseguró que significa poner en peligro a los menores por la falta de respeto a las normas de tránsito, un 14,8% mantuvo la idea de que se trata de una costumbre que facilita el traslado con facilidad. El 13,8% considera que es tan peligroso como trasladarse en un automóvil. 

“Evidentemente existe conciencia respecto de la peligrosidad, aunque a la luz de los datos previos, va acompañado de un gran desconocimiento sobre la situación legal producto en gran parte del vacío existente”, expresó Jaime.  

Además de conocer los detalles para acompañantes de la Ley Nacional de Tránsito, es fundamental contar con los elementos de seguridad al momento de conducir.

Qué dice la La Ley Nacional de Tránsito sobre las motocicletas 

Más allá de los datos obtenidos en la encuesta, la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449 establece que las motocicletas de dos ruedas no deben transportar más de un acompañante y que debe ubicarse siempre detrás del conductor. Al mismo tiempo, encasilla como faltas graves la conducción de vehículos transportando un número de ocupantes superior a la capacidad para la cual fue construido y la conducción de motocicletas sin que los ocupantes utilicen correctamente colocado y sujetado el casco reglamentario. 

Resulta importante destacar que algunas ciudades y provincias trabajaron en legislaciones sobre la problemática. Desde el 2009, en la Ciudad de Buenos Aires se encuentra prohibido llevar acompañantes menores de 16 años en motocicletas. En Rosario, la edad mínima para ser acompañante en una moto es de 10 años, en la ciudad de Paraná de 8 años y en de Córdoba (ciudad) es de 6 años. En tanto, en la provincia de Buenos Aires no hay una edad requerida y queda en la potestad del gobierno local establecerla en el código de tránsito.

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