Aumento en los pasajes de avión a partir del lunes 9 de enero: todos los detalles – GENTE Online
 

Aumento en los pasajes de avión a partir del lunes 9 de enero: todos los detalles

El Ministerio de Seguridad oficializó un aumento en la tasa de seguridad de la aviación, que impactará en el precio final de los pasajes aéreos para los tramos internacional, regional y de cabotaje.
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En las últimas horas, el Ministerio de Seguridad oficializó un aumento en la tasa de seguridad de la aviación, que impactará en el precio final de los pasajes aéreos para los tramos internacional, regional y de cabotaje que sean emitidos desde el lunes 9 de enero.

La medida fue publicada en el Boletín Oficial este viernes mediante la resolución 3. La normativa instruye que la tasa de seguridad de la aviación deberá ser abonada por los pasajeros que “embarquen en vuelos internacionales, regionales y/o de cabotaje, de aeropuertos o aeródromos pertenecientes al Sistema Nacional de Aeropuertos, a bordo de una aeronave comercial o no comercial, ya sea en vuelo regular, no regular o privado”.

Asimismo, remarca que “la entrada en vigencia de la resolución será a los 3 días de su publicación en el Boletín Oficial, es decir, desde el lunes 9, y “resultará de aplicación para los pasajes emitidos con posterioridad a la misma”.

Cabe recordar que la tasa de seguridad de la aviación corresponde al servicio que presta la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) en los aeropuertos y aeródromos que integran el Sistema Nacional de Aeropuertos. Fue uno de los aumentos incorporados en el Presupuesto 2023.

Según argumentó el Gobierno, reponer la tasa de seguridad apunta a recaudar ingresos necesarios para la PSA que “tiene una situación crítica de financiamiento”.

Bajo ese marco, los pasajeros emitidos desde la segunda semana de enero de 2023 deberán pagar el nuevo valor de la tasa de acuerdo a la categoría del vuelo:

  • Vuelos internacionales: US$1,40 por cada pasajero;
  • Vuelos regionales: US$1,40 por cada pasajero;
  • Vuelos de cabotaje: $260 por cada pasajero.

Quiénes quedan exceptuados de pagar

Quedan exentos de pagar el impuesto:

  • Niños: menores de 3 años en el caso de los vuelos de cabotaje y menores de 2 años para vuelos internacionales o vuelos regionales.
  • Diplomáticos.
  • Pasajeros en tránsito: aquel pasajero que arriba al aeropuerto, hace escala y continúa el viaje en el mismo vuelo. Este concepto no incluye al “pasajero en transferencia” que es aquel que habiendo arribado al aeropuerto continúa su viaje en un vuelo distinto.
  • Pasajeros que embarquen en aeronaves de matrículas públicas, nacionales o provinciales como las militares, sanitarias, policiales, aduaneras, en cumplimiento de su misión específica o en aeronaves sanitarias.

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